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    Justicia restaurativa en el proceso penal: análisis de la aplicación del principio de proporcionalidad en el delito de estafa

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    La conciliación penal, como mecanismo para alcanzar una justicia restaurativa, se ha convertido en un instrumento que permite resolver los conflictos penales con mayor eficacia, generando en los partícipes del proceso una respuesta de justicia plena, no obstante, en Ecuador a partir de la promulgación del Código Orgánico Integral Penal se incrementó sin justificación alguna la sanción del delito de estafa, proscribieron la aplicación de una salida alternativa en este delito, que por su naturaleza debería poder resolverse mediante la conciliación. La presente investigación determinará si la sanción del delito de estafa es desproporcional o no a la infracción, en relación a la garantía procesal determinada en el artículo 76 numeral 6 de la Constitución del Ecuador, y se justificará que la actual dosificación penal influye en la resolución del conflicto penal mediante la conciliación. En el desarrollo del trabajo se ha realizó un estudio dogmático y jurisprudencial, desde dos enfoques, conceptualizando a la conciliación penal como mecanismo para alcanzar los fines del derecho penal y, mediante la aplicación del test de proporcionalidad a través de los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad propiamente dicha. La investigación evidencia, que la sanción del delito de estafa no guarda coherencia y armonía con el principio de mínima intervención penal, además, no supera al subprincipio de necesidad, por cuanto, el derecho penal es de última ratio y existe una vía menos lesiva que la privación de la libertad para proteger el derecho a la propiedad y conseguir el fin constitucionalmente planteado, consecuentemente, la sanción deriva en desproporcional. Finalmente, recomendamos que la Corte Constitucional realice el correspondiente control de constitucional mediante a fin de garantizar el derecho al debido proceso en la garantía de la proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones

    The pretrial settlement in the new accusatory system as restorative justice mechanism

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    La aproximación que se efectúa en el presente estudio inicia con un acercamiento a las concepciones de conciliación y de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, para con ello establecer si la conciliación en el nuevo sistema penal acusatorio colombiano es un mecanismo de justicia restaurativa garante del derecho de acceso a la justicia. El carácter de mecanismo alternativo de solución de conflictos concibe a la conciliación como una vía alterna a la justicia formal o procesal, eminentemente voluntaria, que en el nuevo sistema penal acusatorio colombiano consagra dicha figura preprocesal para los delitos denominados querellables, al igual que en algunos sistemas penales anteriores, pero con el carácter diferenciador de impartir justicia de corte restaurativo, lo que genera un cambio en la concepción del derecho de acceso a la justicia, y con una finalidad más encaminada a beneficiar a las víctimas, aunado a los esfuerzos por parte de los entes estatales de administrar justicia de forma efectiva.The approximated in this study begins with an insight into the concepts of conciliation and alternative dispute resolution, in order to establish whether the reconciliation in the new Colombian criminal justice system, is a guarantor of restorative justice the right of access to justice. The nature of alternative dispute resolution designed conciliation as an alternative to formal or procedural justice, largely voluntary, that the new Colombian criminal justice system, enter the figure for the crimes referred to as pre-complaint, as in some previous penal systems, but the differentiator providing cutting restorative justice, which creates a change in the conception of the right of access to justice, and with a purpose but to benefit the victims, coupled with efforts by of entities to administer justice effectively

    Impacto de la conciliación en equidad como mecanismo de resolución alternativa de conflictos. Estudio aplicado en el municipio de La Ceja entre el año 2009 hasta el año 2014

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    En virtud de este trabajo de investigación surgió entre otros cuestionamientos, el interrogante del ¿por qué sólo existen cuatro (4) Conciliadores en Equidad en la actualidad, de los veintiséis (26) conciliadores nombrados inicialmente en el Municipio de La Ceja?. De igual manera, se abordaron entre otros aspectos, las causas de esta deserción por parte de los Conciliadores, por cuanto, se realizó un análisis exhaustivo para determinar las razones o motivos de la no continuidad de los líderes o representantes de las comunidades activas en el proceso de conciliadores en equidad, en búsqueda de posibles soluciones para promover un buen funcionamiento de la figura de la conciliación lo que implicaría fuertes impactos en materia de costos, calidad y efectividad de la justicia

    La conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo

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    El estado en cumplimiento de las múltiples funciones que le impone la Constitución Política, está sometido al escrutinio de todas sus actuaciones. Conforme a ello y a otras causas de diversas índoles, como la alta rentabilidad en materia económica que resulta del ejercicio de demandar a la Nación, determina el gran volumen de acciones contenciosas en contra de ella. Desde la promulgación de la constitución de 1991, se han expedido múltiples leyes y decretos encaminados a la solución alternativa de conflictos, dentro de los cuales se encuentra la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativa. Se debe precisar desde un inicio, que la investigación que se presenta, no se encamina al examen de mecanismos alternativos de solución de conflictos ni a la conciliación de manera general, sobre la cual mucho se ha expuesto

    Arbitration: alternative mechanism for conflict resolution or judicial privatization

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    En el presente trabajo se pretende realizar un análisis del arbitraje, el cual ha venido siendo identificado como un mecanismo alternativo de solución de conflictos, pero que al estudiar la forma como se ha configurado a través del tiempo y su funcionamiento actual, responde más a un modelo de justicia privada que se encuentra adaptado desde sus mismos orígenes para responder a los intereses de un sector de la población en especial, como son los comerciantes. A través del método deductivo se logró establecer como presupuestos generales relativos al libre acceso a la justicia y el derecho a la igualdad se ven diezmados ante una aceptación errónea del arbitraje como opción alternativa a la justicia, y no como una mera privatización de la misma.This paper aims at analyzing arbitration, which has come to be identified as an alternative mechanism for conflict resolution, but that by studying how it has been configured over time, and its current operation, responds to a model of private justice, which is adapted from the very beginning to respond to the interests of one sector of the population in particular, such as traders. Through deductive method it was established as general assumptions regarding free access to justice and the right to equality are decimated to an erroneous acceptance of arbitration as an alternative to justice option and not as a mere privatization of the same

    La justicia restaurativa en la justicia penal militar

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    La justicia restaurativa actualmente ha adquirido un carácter importante en el derecho penal, que a su vez le ha exigido la transformación de un derecho castigador a un derecho que permita resocializar la relación de víctima y victimario, teniendo especial interés en ofrecer verdaderas garantías a las víctimas de delitos para llegar a una justa reparación, que a su vez coadyuve con la resocialización del victimario, la paz social y la verdadera convivencia pacífica en el seno de la sociedad. Así pues es importante analizar esta figura jurídica a la luz de la Jurisdicción Especial, la Justicia Penal Militar y su presencia dentro del proceso y si la misma tiene cabida, cuando se juzgan personas que tienen constitucionalmente un fuero especia

    Mediación Familiar en México. Avances en Justicia alternativa para conflictos familiares

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    This article is the result of a review that aimed to analyze the development of mediation directed at the states and its impulse in family mediation, as well as the progress they have made regarding the developments of this alternative justice process to national level, so to make proposals on the matter, it is necessary to inquire about how this alternative process is currently and how they currently contemplate it, from their specialized legislation to the numbers of issues that have been resolved in the last year, so that, according to statistics and legislation, those advances that have been made in family mediation will be analyzed.El presente artículo es resultado de una revisión que tuvo por objetivo analizar el desarrollo de la mediación dirigida a las entidades federativas y su impulso en la mediación familiar, así como los avances que estas han tenido respecto a los desarrollos de este proceso de justicia alternativa a nivel nacional, por lo que para hacer propuestas en la materia, se necesita indagar respecto a cómo se encuentra este proceso alternativo en la actualidad y de qué manera la contemplan actualmente, desde sus legislaciones especializadas hasta los números de asuntos que han resuelto en el último año, de modo que, se analizará conforme a las estadísticas y las legislaciones, aquellos avances que han tenido en la mediación familiar

    Estudio de los métodos alternos de solución de conflictos en derecho de familia: propuestas de optimización

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    Los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos (MARC) son procedimientos a través de los cuales las personas naturales o jurídicas pueden resolver sus controversias con mayor rapidez de manera pacífica y privada. Son mecanismos extrajudiciales establecidos dentro del marco de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje que tienen como finalidad la resolución definitiva de controversias de importancia jurídica mediante soluciones de cumplimiento voluntario por las partes o por conducto de un órgano jurisdiccional de ser necesario. Bajo el nombre de Resolución Alterna de Conflictos se incluye toda forma de resolución de conflictos que no pase por la sentencia judicial, el uso de la fuerza o el abandono del conflicto. Cabe mencionar entre ellos la Negociación, Mediación, Conciliación y el Arbitraje. El estudio de la temática expuesta precedentemente nos lleva a la necesidad de definir los objetivos públicos en materia de justicia. Al respecto podemos visualizar dos posiciones. 1 Por un lado, los objetivos a alcanzar pueden ser definidos como el brindar la posibilidad a los sujetos de derecho de acceder a la tutela judicial por la autocomposición y por el otro; ese mismo objetivo puede ser definido como la posibilidad de acceder con el menor costo posible a un procedimiento efectivo no necesariamente judicial de tutela de los derechos propios, la diferencia entre ambas formas se aprecia al advertir que la primera definición conduce como objetivo de Política Pública a la creación de más Tribunales o a la mejora de su eficiencia, en tanto la segunda puede conducir a diversificar la forma de resolución alertando los mecanismos alternativos, y a desjudicializar el sistema de administración de justicia en su conjunto. Se hace necesario redefinir el objetivo público de justicia de modo tal que comprenda facilitar el acceso al procedimiento más efectivo, proporcionar más tutela al menor costo, diversificar formas de resolución de conflictos, desjudicializar el sistema, instaurar la cultura del diálogo y abandonar la cultura del litigio. 2 En la Quinta Conferencia Iberoamericana sobre Reformas Judiciales realizada en San Salvador en el mes de octubre de 1997, se trató en profundidad el tema de la Resolución Alternativa de Conflictos (RAC) como forma de ampliar el acceso a la justicia y evitar el recargo de casos que pesan sobre el sistema judicial. El Salvador tiene desde antigua data prevista la conciliación tanto en la legislación civil, familiar, transito, laboral y actualmente en penal de menores y adultos. En la mayoría de los casos está previsto intraprocesalmente y en casos específicos con carácter previo al juicio (extraprocesal). Dentro del rango normativo estaremos incluyendo las legislaciones correspondientes principalmente la Constitución de la República, Código de Familia, Ley Procesal de Familia, Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, así como también la Ley Orgánica de la Procuraduría General de La República. 3 Con el desarrollo del Movimiento RAC y la valorización de estos mecanismos, se han analizado las causas del fracaso de la conciliación y se han puesto en relieve los obstáculos para la obtención de los resultados que pueden esperarse de este instituto. Una de las causas principales es el desconocimiento de la existencia de técnicas y estrategias para conducir una audiencia de conciliación. En realidad el desarrollo teórico y práctico en este aspecto viene del campo de la mediación ya que lo que se requiere es la adquisición de las habilidades de conducción de una Negociación entre las partes, tareas que desempeña el mediador. El núcleo básico de este entrenamiento a ello cabe agregarle las estrategias específicas de la conciliación, entre otras, la proposición de fórmulas de solución de conflicto

    La conciliación en equidad : alternativa para la construcción de paz y reconciliación en un escenario de posconflicto en Colombia

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    El presente trabajo de grado tuvo como propósito identificar las posibilidades y restricciones de la justicia en equidad en la construcción de paz en escenarios de posconflicto en Colombia. Por lo cual se planteó a la Conciliación en Equidad como una alternativa en la que bajo ciertas condiciones puede contar con estrategias adecuadas para la intervención compleja de conflictos con actores que han hecho parte de la guerra y potencialmente puede facilitar su proceso de adaptación. Se hizo un trabajo de investigación de tipo cualitativo descriptivo exploratorio. Se realizaron entrevistas semi estructuradas a 4 Conciliadores en Equidad, 2 Coordinadores de Unidades de Mediación y Conciliación.Research work aimed to identify the possibilities and constraints of justice in equity in building peace in post-conflict scenarios in Colombia. For which was raised to the conciliation in equity as an alternative in which under certain conditions can have adequate intervention for complex conflict with actors that have become part of the war and potentially facilitate their adaptation strategies. A research of exploratory descriptive qualitative made . Semi-structured interviews to 4 conciliators in equity, 2 Coordinators Mediation and Conciliation Units were performed.Politólogo (a)Pregrad
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